REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de enero de dos mil doce.
201° y 152°
Visto el desistimiento según diligencia de fecha 10 de enero de 2.012, que obra inserta al folio 42 del presente expediente, efectuado por el abogado en ejercicio ANTONIO D´ JESÚS M, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana ARLENIS OLAIDA LARA GALAVIS, mediante la cual manifiesta expresamente “Desisto del Procedimiento en el presente juicio por orden de mi poderdante ARLENIS OLAIDA LARA GALAVIS, identificada en autos”. El Tribunal observa que el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio ANTONIO D´ JESÚS M, goza de facultad expresa para “desistir” tal y como se desprende del instrumento poder, que obra al folio 05 del presente expediente, lo cual lo legitima jurídicamente para la realización de dicho desistimiento, y así se declara. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, PRIMERO: HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Una vez que quede firme la presente decisión se ordenará el archivo del expediente.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YENYFER MARQUEZ ROJAS.
ACZ/YMR/pmv.