En el día de hoy Jueves doce de Enero de dos mil doce (12-01-2012), siendo las 9 y 00 A.M. se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Titular, Abogado EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA, y el Secretario Titular del Despacho, Abogado HOROSMAN ROJAS PEREZ, en la Sede natural, ubicada en la Avenida Centenario, centro Comercial Centenario, Local Nro. 41, Ejido, Estado Mérida. Se encuentra presente la demandante Abogada en ejercicio YOSMARY CRISTINA VILLARREAL GONZALEZ, titular de las cédula de Identidad Nros. V- 17.077.136, Inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 130.716, con el carácter de Endosataria en Procuraciòn de una letra de cambio emitida a favor del Ciudadano NESTOR LUIS BENITEZ GUTIERREZ, Presidente de la Compañía “ COMERCIAL SISTEMAQ, C.A”. También se encuentran presentes los Servidores públicos Policiales, Oficial Nro. 736, RICHARD RAMIREZ, y Oficial JESUS ALBEIRO QUINTERO BELANDRIA, con cédulas de Identidad Nros. 18.055.463 y 19.539.516, respectivamente Adscritos al Centro de Coordinación Policial Nro. 03, Ejido. Siendo las 10 y 00 A.M, se trasladaron los presentes, en un Apartamento distinguido con el Nro 10-08, ubicado en la Urbanización Calle Lara, Jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, con la finalidad de practicar la Medida de Embargo Preventivo, objeto de la Comisión conferida por el Juzgado de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha diez de Noviembre de dos mil once (10-11-2011), Demandante: ABG. YOSMARY CRISTINA VILLARREAL GONZALEZ Demandado: HENRRI DANIEL ALTUVE ROJAS, Motivo: EMBARGO PREVENTIVO, Expediente Nro.2991. El Tribunal notificó el motivo de su traslado a la Ciudadana YAJAIRA SANCHEZ DUGARTE, titular de la cédula de Identidad Nro. V 16.654.262, manifestando que es excuñada del demandado, la cual permitió el libre acceso del Tribunal al inmueble. Se deja constancia, que la Notificada se comunicó vía telefónica con una Ciudadana que dijo llamarse CARMEN AURORA ROJAS PEÑA, propietaria del inmueble . Por otra parte la Notificada manifestó al Tribunal que el Ciudadano HENRRI DANIEL ALTUVE ROJAS, no vive en este inmueble, sino en el Sector Zumba, La Florida, pie “La Loma”, casa S/N, de esta Ciudad de Ejido. En este estado, solicita el derecho de palabra la Abogada YOSMARY CRISTINA VILLARREAL GONZALEZ, con el carácter que obra en autos y expone: Solicito la Suspensiòn de la Medida, en virtud de que comunique via telefónica, con el demandado el cual me propuso una reunión en el dia de mañana con su Abogado a las 9:00 A.M. Igualmente solicito que el cuaderno se mantenga en este Tribunal Ejecutor. No expuso más. Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley visto el Pedimento que antecede, ACUERDA La Suspensión de la Medida, y mantener el presente cuaderno, en consecuencia el Tribunal regresa a su Sede natural. También se de deja constancia, que el traslado del Tribunal, no generó pago alguno al mismo en acatamiento del Articulo 254 de la Constitución. El Secretario procedió a dar lectura al Acta y no habiendo observaciones a la misma, se da por concluido, siendo las 11 y 06 A.M. conformes firman.
EL JUEZ.
ABG. EFRAIN ALEXIS RIVAS SOSA.
LA ABOGADA EJECUTANTE:

ABG. YOSMARY CRISTINA VILLARREAL GONZALEZ.

LA NOTIFICADA: YAJAIRA SANCHEZ DUGARTE.
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES:

RICHARD RAMIREZ
JESUS ALBEIRO QUINTERO BELANDRIA



EL SECRETARIO ABG. HOROSMAN ROJAS PEREZ.