En horas de despacho del día de hoy Jueves Doce (12) de Enero de Dos mil Doce (12-01-2012) siendo las nueve y treinta minutos (09:30 a.m.) de la mañana se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Temporal, Abogado Jhonny Carmelo Dugarte Contreras, el Secretario Titular Abogado Gabriel Andrés De Armas Burguera y el Alguacil Hílber Valladares, en Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida, sobre un lote de terreno, ubicado en el sector denominado El Molino, sobre el cual se deja constancia que no existe construcción alguna y cuyas medidas y linderos son los siguientes: POR EL NORTE: con la acequia El Pueblo, pasa una tubería de riego, divide talud, mide catorce metros (14,00 mts). POR EL ESTE: Con un lote N° 4, mide veintinueve metros (29,00 mts). POR EL SUR: Con calle en proyecto de cinco metros (5,00 mts) de ancho. POR EL OESTE: Con el lote N° 2, mide veintinueve metros con cincuenta centímetros (29,50 mts) con una extensión global de cuatrocientos nueve metros con cincuenta centímetros cuadrados (409,50 mts²) a fin de practicar la Medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL EDO MERIDA, según expediente civil N° 2010-531.. DEMANDANTE: RICHARD ALEXANDER URANGA RIVERO. DEMANDADO: MERIDA YOHAMA RANGEL GUTIERREZ, Motivo: Cobro de Bolívares por Intimación. Se encuentra presente la ciudadano: Abogado, RICHARD ALEXANDER URANGA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.955.333, Inpreabogado Nº 112.373 (Parte Demandante) quién solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso:” Solicito a este Tribunal embargar ejecutivamente el lote de terreno sobre el cual el tribunal esta constituido, cuyas medidas y linderos son los siguientes: POR EL NORTE: con la acequia El Pueblo, pasa una tubería de riego, divide talud, mide catorce metros (14,00 mts). POR EL ESTE: Con un lote N° 4, mide veintinueve metros (29,00 mts). POR EL SUR: Con calle en proyecto de cinco metros (5,00 mts) de ancho. POR EL OESTE: Con el lote N° 2, mide veintinueve metros con cincuenta centímetros (29,50 mts) con una extensión global de cuatrocientos nueve metros con cincuenta centímetros cuadrados (409,50 mts²), el cual pertenece a la ciudadana MERIDA YOHAMA RANGEL GUTIERREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.031.010, según consta en Documento registrado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Sucre, Lagunillas Estado Mérida de fecha 19 de Enero de 2007, inserto bajo el N° 17, Protocolo Primero, Primer Trimestre, Tomo 2 del referido año 2007, así mismo: “pido a este tribunal se sirva nombrar Perito Avaluador y Depositaria Judicial”, es todo. Este tribunal deja expresa constancia que la ciudadana MERIDA YOHAMA RANGEL GUTIERREZ no se encuentra presente en este acto, concediéndosele el lapso de una hora para que se haga presente y sea asistida de un abogado en virtud de garantizarle el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En este estado este tribunal acuerda nombrar y juramentar al ciudadano YHONY JAVVIER GUILLEN ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.109.542 como Perito Avaluador, quien acepto cumplir fiel y honradamente los deberes inherentes al mismo y quien solicito el derecho de palabra concedido como le fue expuso. “Ratifico cada una de las medidas en sus linderos, a excepción del lindero OESTE que tiene veintiocho metros (28,00 mts) en lugar de veintinueve metros con cincuenta (29,50 mts) generando un cambio en el área total del inmueble de aproximadamente TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (399,00 mts²) y se valora en CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000,00 Bs.), es todo. Seguidamente este tribunal acuerda nombrar y juramentar a la Depositaria Judicial Los Andes C.A. representada en este acto por el ciudadano JHON ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.081.620 en su carácter de Administrador (según consta en credencial) y quien juro cumplir fiel y honradamente los deberes inherentes a su cargo. En este estado este Tribunal acuerda Embargar Ejecutivamente el lote de terreno descrito anteriormente por la parte demandante y por el Perito Avaluador, de conformidad con el articulo 536 del Código de Procedimiento Civil Vigente, así mismo se le hace entrega de dicho lote a la Depositaria Judicial Los Andes C.A., en la persona de su administrador JHON ZAMBRANO. Acto seguido solicito el derecho de palabra el ciudadano JHON ZAMBRANO en su condición de Administrador de la Depositaria Judicial Los Andes C.A. y concedido como le fue expuso: “Recibo el inmueble en total conformidad y según las características especificadas en este acto libre de animales, personas y cosas” es todo. Este Tribunal deja expresa constancia de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel ni emolumento alguno, dado la gratuidad de la justicia de acuerdo a lo establecido en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.. Se procedió a dar lectura al acta y no habiendo objeciones a la misma, el Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo las Once y Treinta de la mañana (11:30 am). Es todo, se leyó y conforme firman: EL JUEZ. Abg. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS. EL SECRETARIO TITULAR. Abg. GABRIEL DE ARMAS B. EL ALGUACIL: HÍLBER VALLADARES. PARTE DEMANDANTE: ABG : RICHARD ALEXANDER URANGA RIVERO. PERITO AVALUADOR: JHONNY JAVIER GUILLEN. DEPOSITARIA JUDICIAL LOS ANDES C.A. JHON ZAMBRANO (ADMINISTRADOR). POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL: OFICIAL MARCOS JOSE PEREZ GUTIERREZ, adscrito a la Coordinación Policial N° 4 de Lagunillas.
EL JUEZ. ABG. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS.
PARTE DEMANDANTE: ABG. RICHARD URANGA RIVERO
PERITO AVALUADOR: YONNY JAVIER GUILLEN ALTUVE
DEPOSITARIA JUDICIAL LOS ANDES C.A. JHON ZAMBRANO (ADMINISTRADOR)
EL ALGUACIL: HILBER VALLADARES.
EL SECRETARIO TITULAR. ABOGADO. GABRIEL DE ARMAS BURGUERA.
POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL: OFICIAL MARCOS J PEREZ. GUTIERREZG
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