REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dieciséis (16) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 152º

ASUNTO: LP21-O-2010-000013

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA

PARTE AGRAVIADA: LISBEY OSORIO DUGARTE, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-10.105.957, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE AGRAVIADA: AMAURY OSWALDO AGÜERO UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad número V-12.777.750, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.451, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Mérida.

PARTE AGRAVIANTE: FUNDACION MUSEO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE MERIDA (MUCYT), creada por Decreto número 005 de la Gobernación del Estado Mérida, de fecha 08 de enero de 1999 y publicado en la Gaceta Oficial del Estado Mérida, Nº 102, extraordinaria de fecha 11 de enero de 1999 e inscrita en Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida, el 04 de febrero de 1999, bajo el Nº 39, Protocolo Primero, Tomo Noveno, Primer Trimestre; representada por el ciudadano WILLIAMS BELANDRIA RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-6.192.785, en su condición de Presidente.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE AGRAVIANTE: No se encuentra constituido en actas procesales.

MOTIVO: ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL.
-II-
BREVE RESEÑA DE LOS HECHOS

Fue recibido por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, las presentes actuaciones de Amparo Constitucional, dándose por recibido el mismo en fecha 15 de noviembre de 2011, debido a la inhibición planteada por la Juez Segunda de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

En tal sentido luego de la certificación de la última de las notificaciones practicadas, se fijo para dentro de la 96 horas la celebración de la audiencia de amparo constitucional, en fecha 14 de diciembre de 2011, declarándose Parcialmente Con Lugar la acción de Amparo, interpuesta por la ciudadana Lisbey Osorio Dugarte en contra de la Fundación, Museo Ciencia y Tecnología, publicándose el texto integro de la decisión en fecha 20 de diciembre de 2011.

Ahora bien, luego de la publicación del texto integro de la sentencia de amparo constitucional, y quedando definitivamente firme la misma, se verifica que a los folios del 872 al 883, se encuentra escrito de transacción y su anexos consignado por las partes, para poner fin a la presente acción de amparo constitucional.

Así las cosas, vista que las partes llegaron a un convenimiento con el fin de poner fin al presente amparo constitucional, desistiendo igualmente del mismo, es por lo que este Tribunal homologa el acuerdo transaccional suscrito por las partes, tal como se hará de manera expresa, precisa y lacónica en el dispositivo subsiguiente.

-III-
DISPOSITIVO

Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:

Primero: Se homologa el acuerdo alcanzado, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Segundo: Se ordena el cierre y archivo del expediente una vez que quede firma la presente decisión.

Publíquese, Regístrese. Déjese la copia autorizada.

Dada, Firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida a los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez.

Abg. ALIRIO OSORIO.


La Secretaria.

Abg. Yurahi Gutiérrez.


En la misma fecha, siendo las nueve y once minutos de la mañana (9:11 a.m.), se publicó y registró el fallo que antecede.

Sria.

Yurahi Gutiérrez.