REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 14 de Febrero de 2012.
201º y 152º
Vista la Diligencia que antecede al folio 55 de fecha 08/02/2012, Suscrito por el Ciudadano Abogado ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO, en su condición de Fiscal Provisorio Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Mérida, en la cual expuso: “Por cuanto la ciudadana ONEIDA VIRGINIA OSTOS UZCATEGUI, progenitora de la niña OMITIR NOMBRE, asumió de manera directa el ejercicio de la custodia de la prenombrada niña, solicito el cierre y archivo de las presentes actuaciones”. En tal sentido y visto lo expuesto, en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA CON SEDE EN MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de MEDIDA DE PROTECCION, signado con el Nº 16174, SOLICITANTE: OSTOS UZCATEGUI ONEIDA VIRGINIA, fecha de entrada: 28 de Febrero de 2.007, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.---------------------------
LA JUEZA
ABG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA
ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.
LA SRIA.
Deyanira
EXP. 16174
|