REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 29 de febrero de 2012
201º y 153º

Asunto Nro. 00524

Vista la diligencia presentada por el Abogado WILMER GILBERTO USECHE RANGEL, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana TANIANA JOSEFINA RODRIGUEZ DE PAREDES, plenamente identificada en autos; quien solicita a este Tribunal la rectificación del error material de trascripción que se evidencia en la sentencia de autorización judicial para comprar inmueble, la cual fue dictada por este Tribunal en fecha 19 de enero del 2012, en la cual en dos oportunidades se señala el termino COMPRA-VENTA, siendo lo correcto “COMPRA”; asimismo se identifica a la Curadora como YAJAIRA DEL VALLE USECHE DE SULBARAN, siendo lo correcto según consta en copia de cédula de identidad que corre inserta al folio 47 del expediente “YAJAIRA DEL VALLE USECHE SULBARAN”; en tal sentido, este Tribunal, en aras al INTERES SUPERIOR de la niña de autos, de conformidad con el contenido y alcance del articulo 252 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, en armonía con la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 20 de Junio del año 2.002, es por ello, que mediante el presente auto amplia el contenido de la decisión antes mencionada que corre inserta del folio 37 al 38 de las presentes actuaciones. Quedando así ampliada la anterior decisión y por consiguiente, téngase el presente auto como parte integrante de la sentencia dictada en este despacho en fecha 19 de enero del 2012. CÚMPLASE.

LA JUEZA

ABG. GLADYS YOLANDA JASPE


LA SECRETARIA

ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.






ABG. FABIOLA COLMENRES