REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 02 de febrero de 2012
201º y 152º

Expediente Nro. 03852
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MONICA YANETTE ZAMBRANO LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.467.531

DEMANDADO: JESUS MANUEL CALDERON GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular la cédula de identidad N° V- 9.472.976
MOTIVO: HOMOLOGACION EXTENSION DE OBLIGACION DE MANUTENCION y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento ordinario de EXTENSION DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Dirige y preside el acto el Juez Temporal de Mediación y Sustanciación Abg. Pablo Alarcón Sánchez, como secretaria la Abg. Yelimar Vielma Márquez, se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, haciendo acto de presencia la parte demandante, ciudadana MONICA YANETTE ZAMBRANO LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.467.531, en su carácter de madre de la adolescente hoy mayor de edad ADRIANA DEL CARMEN CALDERON ZAMBRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 22.658.747, hace acto de presencia la parte demandada ciudadano JESUS MANUEL CALDERON GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.472.976. Se declara abierta la audiencia. Las partes previa orientaciones del Juez, llegaron al presente convenimiento de extensión de obligación de manutención en beneficio de la adolescente hoy mayor de edad ciudadana ADRIANA DEL CARMEN CALDERON ZAMBRANO, en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales, los cuales serán depositados los primeros cinco días de cada mes que aperturara la ciudadana ADRIANA DEL CARMEN CALDERON ZAMBRANO y que la misma indicara a su padre a la brevedad posible. Así mismo el ciudadano JESUS MANUEL CALDERON GUERRERO, establece a favor de su hija, dos bonos especiales, uno en el mes de Agosto por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) y otro en el mes de Diciembre en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00). Esta cantidades serán ajustadas anualmente en un veinte por ciento (20%) anual y serán depositadas en la referida cuenta que se indicara para tal fin. Las partes manifiestan su conformidad con lo convenido y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el presente procedimiento. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos MONICA YANETTE ZAMBRANO LOBO, en su carácter de madre de la ciudadana ADRIANA DEL CARMEN CALDERON ZAMBRANO y JESUS MANUEL CALDERON GUERRERO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Mediación. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. PABLO ALARCON SANCHEZ

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.