REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 08 de febrero de 2012
201º y 152º

Expediente Nro. 03729
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ANTONIO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.994.463.
DEMANDADA: MARIA DOLORES FERRER GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.955.055.
MOTIVO: HOMOLOGACION FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio de FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, tal como fue fijada mediante auto de fecha 26 de enero del año 2012. En este estado se le concede el derecho de palabra a la parte demandante ciudadano ANTONIO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, y parte demandada ciudadana MARIA DOLORES FERRER GUILLEN, quienes manifiestan al Tribunal, previo dialogo con el Juez que están de acuerdo en establecer el régimen de convivencia familiar en beneficio de su hijo OMITR NOMBRE, en los siguientes términos: El padre se compromete a buscar a su hijo en el hogar de la Tía Esilda Conti, ubicado en Residencia La Florida, los días sábados y domingos en forma alterna, es decir los sábados de 9:00 a.m. a 12:00 m. o los domingos de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., retornándolo al mismo hogar. Igualmente el padre retirara al niño en casa de la Tía Esilda Conti, dos veces a la semana en el horario de la tarde, es decir de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., retornándolo al mismo hogar. Solicitando a tal efecto que se homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ANTONIO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ y MARIA DOLORES FERRER GUILLEN, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño de autos, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Mediación. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. PABLO ALARCON SANCHEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. MIREYA JAIMES JAIMES.