REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintidós de febrero del dos mil doce.

201º y 152º
Vista la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Transito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 16 de enero del 2012, el cual se encontraba en esa superioridad en apelación, donde entre otras cosas se declaro la Nulidad de la sentencia definitiva dictada en fecha 30-05-2011, por este Tribunal; repone la causa al estado en que se encontraba para la fecha en que se dicto el fallo; declarando competente al Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, para conocer y decidir en primera instancia del presente juicio. En consecuencia y a los fines de dar cumplimiento a la decisión dictada por el Tribunal de Alzada, este Tribunal declina la competencia ordenando remitir con oficio el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, para que proceda a conocer y decidir la demanda interpuesta, en el entendido que la presente decisión quedará firme si no se solicita por las partes la regulación de la competencia dentro del plazo de CINCO DÍAS DE DESPACHO siguientes a este pronunciamiento y que en el supuesto caso que quede firme la misma, la causa continuará su curso ante el Juez declarado competente quien continuará el curso del juicio al TERCER DÍA siguiente al recibo del expediente, todo ello de conformidad con el artículo 69 y parte in fine del artículo 75 del referido texto procesal. Y así se decide.
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA


LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
JCG/Acen/ap