REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 02 de Julio de 2012
202º y 153º
Expediente Nro. 05019
Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 22 de junio del 2012, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Segundo de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el Consejo de Tutela a favor de la niña OMITIR NOMBRE, de 09 años de edad de la siguiente manera: ARLENE CHIQUINQUIRÁ ROMERO FUENMAYOR Tutora, con aprobación del Consejo de Tutela, NILDA CECILIA MANARES DE PUCHE, RITA DEL CARMEN PUCHE MANARES, JOSE ANTONIO GRATEROL RANGEL y MARIA ESPERANZA AVENDAÑO PEREZ como Protutor ANDERSON OMAR MANARES FIGUERA y Protutor Suplente, RUBEN SEGUNDO ROMERO FUENMAYOR y como Consejo de Tutela integrado por los siguientes ciudadanos: NILDA CECILIA MANARES DE PUCHE, RITA DEL CARMEN PUCHE MANARES, JOSE ANTONIO GRATEROL RANGEL y MARIA ESPERANZA AVENDAÑO PEREZ, plenamente identificadas en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los 02 días del mes de julio de 2012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA,
Dra. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA,
ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
zulay
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