REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de Julio de 2012
201º y 152º
Expediente Nro. 00390
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ASTRID CAROLINA MENDEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.477.
DEMANDADO: DOUGLAS ALONSO BALZA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.444.367
MOTIVO: HOMOLOGACION OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, lunes 09/07/2012, presente los ciudadanos: ASTRID CAROLINA MENDEZ FLORES y DOUGLAS ALONSO BALZA GUTIERREZ quienes manifestaron querer modificar la obligación de manutención haciéndolo de la siguientes manera: la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) mensual que serán cancelados en dos parte iguales los días 10 y 25 de cada mes y el bono escolar por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) que será cancelado en el mes de agosto y el decembrino por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00) cantidades esta que serán aumentados en un 10% anual y serán depositadas en la cuenta de ahorro del banco Sofitasa N° 01370021440003472742. Igualmente cubrirán ambos padres el 50% de los gastos médicos, medicinas y extras escolares que requiera la niña. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 00390. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado. Acuerda el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
LA JUEZ
Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
EL SECRETARIO
Abg. PABLO ALARCON SANCHEZ.
Zulay
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de Julio de 2012
201º y 152º
Expediente Nro. 00390
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ASTRID CAROLINA MENDEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.477.
DEMANDADO: DOUGLAS ALONSO BALZA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.444.367
MOTIVO: HOMOLOGACION OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, lunes 09/07/2012, presente los ciudadanos: ASTRID CAROLINA MENDEZ FLORES y DOUGLAS ALONSO BALZA GUTIERREZ quienes manifestaron querer modificar la obligación de manutención haciéndolo de la siguientes manera: la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) mensual que serán cancelados en dos parte iguales los días 10 y 25 de cada mes y el bono escolar por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) que será cancelado en el mes de agosto y el decembrino por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00) cantidades esta que serán aumentados en un 10% anual y serán depositadas en la cuenta de ahorro del banco Sofitasa N° 01370021440003472742. Igualmente cubrirán ambos padres el 50% de los gastos médicos, medicinas y extras escolares que requiera la niña. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 00390. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado. Acuerda el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
LA JUEZ
Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
EL SECRETARIO
Abg. PABLO ALARCON SANCHEZ.
Zulay