REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de Julio de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 04262
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: FRANGHILL MARIE MERTINI RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.199.534.
DEMANDADO: JOEL ORLANDO LOPEZ ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.349.450.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, lunes 09/07/2012, presente los ciudadanos FRANGHILL MARIE MERTINI RANGEL y JOEL ORLANDO LOPEZ ZERPA, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS a favor de la niña OMITIR NOMBRE de ocho (08) meses, en los siguientes términos: Se establece la obligación de manutención en las siguientes condiciones: el padre fija la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400,oo) mensuales, los cuales serán cancelados los primeros cinco días de cada mes. Igualmente fija dos bonos especiales uno para el mes de agosto por la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) y para el mes de diciembre por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,00). Dichas cantidades tendrán un aumento del 20% anual. Cantidades estas que serán depositadas en una cuenta que será aperturada por la madre para tales fines. En cuanto a los gastos extraordinarios serán en un 50% para cada uno de los padres. Las partes solicitan que sea homologado el presente acuerdo y el cierre del expediente. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado y se acuerda el cierre del expediente antes mencionado. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman. CUMPLASE.
La Jueza

Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
El Secretario
Abg. PABLO ALARCON SANCHEZ