REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. TOVAR, SEIS (06) DE JULIO DE DOS MIL DOCE (2012).
202º y 153º
Vista la diligencia que obra al folio 141, de fecha 02 de julio de 2012, suscrita por el ciudadano JESÚS MANUEL PERNÍA BELANDRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.939.199, abogado e inscrito en el IPSA bajo el Nº 15.994, domiciliado en Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida y civilmente habíl, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NEREYDA EDILIA MORET GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.075.795, domiciliada en la Aldea Bodoque del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida y hábil (parte demandante); mediante la cual desiste del presente procedimiento sólo contra la codemandada, ciudadana MARY LUZ PEREIRA DE GUTIÉRREZ en el juicio por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad de Tovar. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en cuanto a la ciudadana antes mencionada, en razón de que no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. CARMEN YAQUELIN QUINTERO C.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. SANDRA L. CONTRERAS
Exp.: CYQC/SLC/ms