REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dos de julio de dos mil doce.
202º y 153º

A los fines de verificar si ha vencido el lapso para la interposición del recurso de apelación contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, mediante la cual declaró la perención de la instancia, dictada por este Tribunal en fecha 15 de mayo de 2012 (folio 16 al 20), efectúese por secretaria Cómputo pormenorizado de los días de despacho, transcurridos por ante este Tribunal desde el día en que constó en autos la notificación de la parte actora, esto es, el día 18 de junio de 2012, exclusive, hasta el día de hoy, 02 de julio de 2012, inclusive.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO


LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede, pasa a efectuar el cómputo y a tal efecto, CERTIFICA: Que revisado tanto el Libro Diario como el almanaque judicial llevados por este Tribunal durante el presente año (2012), se pudo constatar que desde el día 18 de junio de 2012, exclusive, hasta el día de hoy, 02 de julio de 2012, inclusive, transcurrieron en este Juzgado SEIS (06) DIAS DE DESPACHO, discriminados en la forma siguiente: Martes 19, Miércoles 20, Jueves 21, Miércoles 27, Jueves 28 de junio de 2012 y Lunes 02 de julio de 2012. Doy fe en Mérida a los dos días del mes de julio de dos mil doce.


LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.232.-
















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dos de julio de dos mil doce.

202º y 153º

Como quiera que del cómputo que antecede (folio 23), se evidencia que el lapso para interponer el recurso de apelación contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada por este Juzgado en fecha 15 de mayo de 2012 (folio 16 al 20), se encuentra totalmente vencido ---sin que la parte actora haya hecho uso legal de tal recurso dentro del lapso legal---, este Tribunal declara firme dicha decisión y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y ordena el archivo del presente expediente.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.232.