EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, dos (02) de julio de dos mil doce (2012).
202° y 153°
Visto el convenimiento suscrito entre las partes ciudadanos VERGARA MARQUEZ JESUS GERARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.392.686, parte actora, y los ciudadanos MIRANDA JIMENEZ CLAUDIO ORLANDO y HABILA CONTRERAS MARIA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V.- 4.111.958 y V.- 9.029.922, en su carácter de representante del Consejo Comunal y de habitante de la comunidad del Sector MOCACAY PARTE BAJA”, respectivamente, jurisdicción de este Municipio Alberto Adriani, del estado Mérida, y las Abogados ZAMBRANO MORALES LUZ MARINA y DUGARTE BRICEÑO CARMEN HAYDENE, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-10.108.295 y V.- 8.037.948, inscritas el Inpreabogado bajo los Nros. 53.074 y 62.930, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de AGUAS DE MERIDA, y la Ingeniero MENDEZ DE ROSO ISABEL TERESA, titular de la Cédula de Identidad N° V.-4.699.733, en su carácter de Sub- Gerente de Zona El Vigía, parte demandada, de fecha veintisiete (27) de junio de dos mil doce (2012), y que corre inserto al folio treinta y cinco (35) del presente expediente. Este Tribunal HOMOLOGA el mismo, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. CUMPLASE.-


JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. LOURDES C. HERNANDEZ











LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente Nº 1079-12. DEMANDANTE: JESUS VERGARA MARQUEZ. DEMANDADO: AGUAS DE MERIDA. MOTIVO: RECLAMO POR DEFICIENCIA EN LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS. Certificación que hago en El Vigía, a los dos (02) días del mes de julio de dos mil doce (2012).



SECRETARIA
AB. LOURDES C. HERNANDEZ