REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
202º y 153°
SOLICITUD NRO.8337.
S O L I C I T A N T E: CARMEN HAYDEE CASTILLO ROMERO, asistida de abogado. .
M O T I V O: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
FECHA DE ADMISION: 09 de Mayo de 2012
VISTOS .-
L A N A R R A T I V A
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la ciudadana CARMEN HAYDEE CASTILLO DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.789.607, domiciliada en esta ciudad de Mérida y hábil, asistida por el abogado EDGAR QUINTERO ROMERO, titular de la cedula de identidad N° V.-681.578, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 2.860, de este domicilio y jurídicamente hábil, mediante la cual solicita la Rectificación de su partida de nacimiento, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, signada con el Nro. 1.402, folio 40, correspondiente al año 1966, la cual obra en el presente expediente. Manifiesta la solicitante que en su partida de nacimiento …… “… se incurrió en un doble error material al colocar los nombres de mi madre… como los de ANA MARIA CASTILLO, cuando sus verdaderos nombres son los de MARIA DE GRACIA CASTILLO, nombres y apellidos éstos últimos que son los que mi madre ha venido usando en todos sus actos públicos y privados…”
L A M O T I V A
El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado al levantar el Acta de partida de nacimiento de la ciudadana CARMEN HAYDEE CASTILLO DE ROMERO. Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos: A) Copia certificada mecanografiada computarizada de su original del acta de Nacimiento de la solicitante ciudadana, CARMEN HAYDEE CASTILLO, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia El Llano y Copia fotostática Certificada de la Partida de Nacimiento de la mencionada ciudadana, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida, C) Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana CASTILLO MARIA DE GRACIA. D) Copia simple del acta de nacimiento de la ciudadana MARIA DE GRACIA CASTILLO. E) Edicto librado en la presente causa publicado en el Diario El Nacional de fecha 29 de Mayo de 2012. F) Declaraciones de los ciudadanos JORDAN VIELMA ALARCON e IBER ALFONSO GUTIERREZ, los cuales fueron promovidos por la parte solicitante. ------------------------------------------------------------
Encuentra este Tribunal que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error o el cambio señalado por la solicitante en cuanto los nombres de la madre. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error y el cambio invocado que aparece en la partida de nacimiento Nro. 1.402, folio Nº 40, año: 1.966, de la ciudadana CARMEN HAYDEE CASTILLO, llevados por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, razón por la cual la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento a que se contrae en este expediente debe ser declarada con lugar y así se decide.
L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 1.402 inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, correspondiente al año 1966, Folio Nº 40, correspondiente a la ciudadana CARMEN HAYDEE CASTILLO DE ROMERO, en el entendido de que en el original y en el duplicado que reposa en el Libro de Partidas de Nacimientos llevado en dicho Registro Civil, aparezca en lo sucesivo en dicha acta el nombre de la madre de la solicitante en la forma siguiente: “MARIA DE GRACIA CASTILLO”. Queda así rectificada dicha Partida de Nacimiento. --------------------------------------------------------------
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 18 de Julio de 2012.
LA JUEZ TITULAR:
Dra. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 3:20 p.m. y se dejó copia certificada.
La Secretaria:
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