REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, Treinta y Uno de Julio de dos mil doce.-
202° y 153°
EXPEDIENTE NRO. 7362
SOLICITANTE: ALVAREZ PEREIRA DEIVINSON Y DAZA LICELLY DE LA PAZ
MOTIVO. RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO EN SU CONTENIDO Y FIRMA.
Por cuanto el Tribunal observa que los ciudadanos RAMON DE JESUS HERNANDEZ PLAZA Y PUENTE GUERRERO MARIA YRALBA, fueron legalmente citados como consta en los folios 17 y 18, de fechas once de Julio del presente año, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 631, primera parte, y 899 del Código de Procedimiento Civil, declara RECONOCIDO, el instrumento privado de fecha 10 de Agosto de 2011, el cual se refiere a la venta de unas mejoras o bienhechurías, fomentada sobre un lote de terreno, ubicado en el asentamiento campesino los camellones, en Jurisdicción de la Parroquia Gonzalo Picón, del Municipio Libertador del Estado Mérida, cuyos linderos y medidas constan en dicho documento. Dicha venta fue por la cantidad de Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00), que le hace los mencionados ciudadanos a los ciudadanos ALVAREZ PEREIRA DEIVINSON DAVID Y DAZA LICELLY DE LA PAZ.
LA JUEZA TITULAR:
ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
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