JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía. El Vigía, veintisiete de junio de dos mil doce.
202º y 153º
Vista la diligencia de fecha 19 de junio de 2011, que consta inserta al folio 29 del presente expediente, suscrita por la ciudadana DULCE MARIA URDANETA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, cedulada con el Nro. 7.728.536, asistida por la profesional del derecho MARY MORA MORALES, cedulada con el Nro. 5.509.822, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 56.388, parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento mas no de la acción, este Tribunal en vista de que el Estado debe procurar y resguardar la Institución del matrimonio, HOMOLOGA dicho desistimiento y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y una vez quede firme el presente auto, se ordena el archivo del Expediente.
EL JUEZ,

JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,

ABOG. NORIS CLAYNETH BONILLA VARGAS
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 3:00 de la tarde.

La Secretaria,
JCNG/magc