REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, trece de junio de dos mil doce.

202° y 153°


Estando dentro del lapso legal en el presente juicio, agréguense a los autos de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil los escritos mediante los cuales las partes promueven pruebas, dentro del lapso legal de conformidad con el artículo 396 eiusdem, ante la secretaria de este Juzgado. En tal sentido, agréguese a los autos el escrito de pruebas presentado por la abogada en ejercicio DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en su condición de co-apoderada judicial de la PARTE ACTORA, LUIS GONZALO CARRASQUEL LUJAN, constante de un (01) folio, consignado en fecha 05 de junio de 2012; igualmente agréguese a los autos el escrito de pruebas presentado por el abogado en ejercicio DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ MALDONADO, en su condición de defensor judicial de la PARTE DEMANDADA, ciudadano ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, en su condición de Director de la Empresa Mercantil “PROMOTORA MERCANTIL C.A” constante de un (01) folio y un (01) anexo, consignado en fecha 12 de junio de 2011.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se agregaron a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/YP//yp.-
Exp. 10.324.