REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 01 de marzo de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 02986
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves 01 de marzo de 2012, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento ordinario de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. GLADYS YOLANDA JASPE, como secretaria la Abg. Yelimar Vielma Márquez, se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, haciendo el primer llamado, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), dejando constancia de la incomparecencia de las partes, presente la ciudadana Fiscal Décima Quinta (E) Abogado NANCY QUINTERO; se hace el segundo llamado siendo las diez y quince minutos de la mañana(10:15 a.m.), y no comparecen ninguna de las partes, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en razón a ello, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS, ESPECIALES por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Dra. GLADYS YOLANDA JASPE


REPRESENTACION FISCAL

La Secretaria

Abg. Yelimar Vielma Márquez



ABG. FMCS