REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 01 de marzo de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 03712
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: VICTORIA ALEXANDRA PINTO CURIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.665.271, asistida por la ciudadana Defensora Publica Primera Abogada Ivelisse Mendoza.
DEMANDADO: HENRY ALEXIS PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.985.265.
MOTIVO: EXTENSION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, jueves 01 de marzo de 2012, presente la ciudadana VICTORIA ALEXANDRA PINTO CURIEL y su padre el ciudadano HENRY ALEXIS PINTO, plenamente identificado en autos. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano HENRY ALEXIS PINTO, quien manifestó en este acto, estar de acuerdo con la extensión de obligación de manutención a favor de su hija siempre y cuando demuestre un buen rendimiento en sus estudios, a lo que la ciudadana VICTORIA ALEXANDRA PINTO CURIEL manifestó comprometerse en llevar un buen rendimiento estudiantil y mantener informado a su padre al final de cada semestre. Así mismo el Tribunal ordena la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la ciudadana VICTORIA ALEXANDRA PINTO CURIEL en el Banco Bicentenario para que se realice en esta nueva cuenta los descuentos y una vez consigne a los autos el nuevo numero de cuenta se oficiara al ente empleador para que modifique la cuenta bancaria donde van a continuar realizando los depósitos y se procederá al cierre del expediente. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 03712. Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes VICTORIA ALEXANDRA PINTO CURIEL y HENRY ALEXIS PINTO, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. CUMPLASE
La Jueza
Abg. GLADYS YOLANDA JASPE
La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.