REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 05 de marzo de 2012
201º y 153º
Expediente Nro. 03938
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: GUSTAVO ANTONIO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.400.802, asistido por la Abogada en ejercicio ANDREA PABON, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 141.461.
DEMANDADO: YESIKA JOSEFINA PINZON FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.341.494
MOTIVO: FIJACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, lunes 05 de marzo de 2012, presente los ciudadanos GUSTAVO ANTONIO QUINTERO y YESIKA JOSEFINA PINZON FLORES, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo el Régimen de Convivencia Familiar, a favor de su hijo el ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de 05 años de edad, en los siguientes términos: El niño cada 02 semanas, pasara 01 semana con el padre a partir del día lunes en la mañana hasta el sábado de 09 a 10 de la mañana de la misma semana que se lo entregara a la madre en la casa de la abuela materna y los restantes fines de semana con el padre desde el sábado en la mañana hasta el lunes. Las vacaciones y días festivos serán compartidos de manera alterna y los periodos vacacionales y decembrinos en un 50% para cada uno de los progenitores Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 03839.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes GUSTAVO ANTONIO QUINTERO y YESIKA JOSEFINA PINZON FLORES, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. GLADYS YOLANDA JASPE
La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.