REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
CONTROL Nº- 06.
El Vigía, 29 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2012-001417
ASUNTO : LP11-P-2012-001417
Visto el escrito formulado por la Abg HORTENCIA DEL CARMEN RIVAS PERNIA, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 26-03-2012, donde solicita se decrete el Sobreseimiento en la presente causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por el hecho punible consistente en AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 176 último aparte del Código Penal vigente para la época de comisión del delito, lo cual se desprende de las siguientes actuaciones---------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Riela al folio 02 denuncia hecha por el ciudadano MILEXIS MAGLENIS COY LOPEZ, de fecha 10-04- 2002, donde procede a denunciar al Ciudadano de nombre ERNESTO MARQUEZ, ya que el mismos se la pasa amenazándola. Al folio 7 aparece declaración de la denunciante. --------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: De lo anteriormente se desprende que supuestamente estamos en presencia del delito AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 176 último aparte del Código Penal vigente para la época de comisión del delito, pero de las actas se desprende que en la presente causa no se ha cometido delito alguno, ya que solamente lo que existe es una denuncia de la Víctima, no existiendo otras diligencias, que haga presumir que se haya cometido algún delito, todo de conformidad con lo establecido en le artículo 318 ordinal primero del COPP.--------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO: Por tales motivos considera quien aquí juzga que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°- 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del Ciudadano ERNESTO MARQUEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la ciudadana MILEXIS MAGLENIS COY LOPEZ. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Notifíquese a las partes, si no es posible la notificación de la víctima e investigado, notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitir la misma al Archivo Judicial. PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA para el archivo de este Tribunal. Cúmplase ------------------------------------------
EL JUEZ DE CONTROL Nº 06
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO
LA SECRETARIA
ABG, JENNYS DEL MAR DUQUE
En fecha ________________ se cumplió con lo ordenado, librándose boletas de notificación
Nros. _____________________________________________________________________
Cosnte/ Sria.
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