REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 24 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2012-001526
ASUNTO : LP11-P-2012-001526


Siendo que el presente asunto penal, le correspondió conocer al Tribunal de Control N° 05, por Distribución del Sistema Juris 2000; este Tribunal de Control N° 07, Extensión El Vigía; en razón de encontrarse de guardia le correspondió dictar el presente auto y encontrándose dentro del lapso legal correspondiente, RATIFICA la Orden de Aprehensión dictada en fecha 22-03 -2012 por vía excepcional conforme al último aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, (inserta a los folio 70 y 71) en contra el ciudadano GERARDO JOSE BERMUDEZ PUENTES, titular de la cedula de identidad n° V-24.552.312, natural de El Vigía, Estado Mérida, donde nació el 02-10-93, soltero, residenciado en Mucujepe, Barrio La Esperanza, calle principal a tres cuadras del liceo nuevo, casa sin número, Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por estar involucrado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 1º del artículo 406 del Código Penal y a los fines de garantizarle el lapso procesal fue impuesto en el día de ayer viernes 23-03-2012 de la respectiva orden, acordándose librar boleta de Medida Judicial Privativa de Libertad. Colóquese a la orden del Tribunal de Control N° 05 de esta Extensión El Vigía. Cúmplase.




El Juez de Control N° 07 Secretaria


Abg. Annelit Morillo Franco Abg Thais Coromoto Marquez