REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 8 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2012-000604
ASUNTO : LP11-P-2012-000604

AUTO DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA


Por cuanto este Tribunal recibió escrito suscrito por los abogados NELSON GRANADOS y EGLE TORRES, adscritos a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, mediante el cual solicitan se decrete EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los ciudadanos: JOSE ANGEL MONSALVE, JHONNY MARQUEZ, JAIRO UZCATEGUI y JAVIER UZCATEGUI, (de quién se desconocen datos de identificación), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal derogado, en perjuicio del ciudadano: ISAAC ENRIQUE BARON MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.032.715, domiciliado en la Azulita, sector Mesa Alta, Calle Desgracia Corredor N° 11-913, Mérida Estado Mérida, de conformidad con el artículo 318, Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele al imputado, este Juzgado de Control para decidir observa:
El presente asunto se inicio en fecha 13-08-2002, por denuncia formulada por el ciudadano ISAAC ENRIQUE BARON MONSALVE, supra identificado, por ante la Sub comisaría Policial N° 12 DE El Vigía Estado Mérida, en la que entre otras cosas expone que el día 13-08-202, a las 6:00 de la mañana, cuando él se encontraba en el Boulevard de la Azulita, vía a la Estación de Servicio y de repente los ciudadanos JOSE ANGEL MONSALVE, JHONNY MARQUEZ, JAIRO UZCATEGUI y JAVIER UZCATEGUI, comenzaron a darle golpes por diferentes partes del cuerpo, lo agredieron por la cara, lo agarraron por las piernas y lo tiraron al piso y se fueron….
Ahora bien una vez realizado el análisis de las actuaciones observa el Tribunal que solo consta la denuncia interpuesta por el ciudadano ISAAC ENRIQUE BARON MONSALVE, una constancia médica expedida por el médico de Guardia del Hospital I de el Vigía, y la orden de inicio de la investigación penal, mas no consta en las actuaciones el reconocimiento médico forense, que determine las lesiones que presentaba el ciudadano y la magnitud de las mismas, que le permitan al Ministerio Público encuadrarlas dentro del tipo penal previsto en el Código Penal venezolano, por lo que con estos elementos de convicción, no queda demostrada la comisión de un hecho punible, ni las lesiones menos graves por las cuales el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento de la presente causa, y al no quedar demostrado el hecho objeto de este proceso, considera esta juzgadora procedente decretar el sobreseimiento de la presente causa, solicitada por el Ministerio Público. Por otra parte, se considera necesario señalar que el articulo 323 del Código Orgánico procesal Penal, establece que “presentada la solicitud del sobreseimiento, el juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime, que para comprobar el motivo no sea necesario el debate”, facultando al juez la emisión de respectivo pronunciamiento a su prudente arbitrio, y considerando que en la presente causa la solicitud formulada por la Fiscalía es comprobable mediante las actas procesales que integran la misma y los argumentos expresados por el Ministerio Público se encuentra suficientemente documentados, es por lo que esta juzgadora considera procedente decretar el sobreseimiento de la presente causa, conforme lo previsto en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, no siendo necesaria la convocatoria de la partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la Petición tal como lo dispone el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Por razones expuestas, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: JOSE ANGEL MONSALVE, JHONNY MARQUEZ, JAIRO UZCATEGUI y JAVIER UZCATEGUI, (de quién se desconocen datos de identificación), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal derogado, en perjuicio del ciudadano: ISAAC ENRIQUE BARON MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.032.715, domiciliado en la Azulita, sector Mesa Alta, Calle Desgracia Corredor N° 11-913, Mérida Estado Mérida, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Mérida, a los fines de su guarda y custodia. Para la notificación de los ciudadanos: JOSE ANGEL MONSALVE, JHONNY MARQUEZ, JAIRO UZCATEGUI y JAVIER UZCATEGUI, se ordena que las boletas de notificaciones sean publicadas a las puertas del Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto, se acuerda agregar copias de las mismas a la presente causa, ya que no consta en autos la dirección exacta de los investigados. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de esta decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 07, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

LA JUEZ DE CONTROL Nº 07

ABG. VILMA MARIA TOMMASI ESCALONA

LA SECRETARIA:

ABG. THAIS MARQUEZ GARCIA

En fecha____________ se libraron boletas de notificación Nrs. ___________________________________.

CONSTE/SRIA

ABG. THAIS MARQUEZ.