JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, nueve de marzo de dos mil doce.

201° y 153°

Visto el convenimiento efectuado por las partes mediante acta de Ejecución de Medida de protección a la producción de fecha 25 de enero de 2012,(folios 84 al 87), y por cuanto el Tribunal observa que de los autos no consta que con dicho convenimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por decreto de ley, no versa sobre derechos de naturaleza no disponible de conformidad con los artículos 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 363 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, homologa dicho convenimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo de la solicitud. En cuanto a la solicitud de que se expida copia fotostática certificada, el tribunal resolverá lo conducente por auto separado. De conformidad con el artículo 248 del código de Procedimiento Civil, expídase por secretaria, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.


La Juez Temporal,


Dra. Agnedys Hernández


La Secretaria,


Ab. Ana Thais Núñez Contreras




Sol. Nº 391.
vrm.-