SME2-076REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintitrés (23) de mayo de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: LP21-L-2012-000175

LP21-L-2012-000175
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: CLOROMIRO BALZA ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.202.521, de este domicilio.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARIA MERCEDES RAMIREZ MENDEZ, WILLIAM ZAMBRANO GUERRERO, ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, MARÍA VIRGINIA PERNÍA RAMÍREZ, NANCY JOSEFINA CALDERÓN TREJO, LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, ERIKA MARIANA JIMENEZ CONTRERAS, MARIA ISABEL BATISTA, ANA ALICIA LEAL MORENO, JHOR ANGEL, HENRY DOMINGO RODRIGUEZ, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, RUTHVERICA GUERRERO MOLINA

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “CARRILLON C.A ”, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nº 65, Tomo A-2, de fecha 07 de febrero de 1.991.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.



En el día hábil de hoy veintitrés (23) de mayo de dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CLOROMIRO BALZA ALBARRAN, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.
LA JUEZ,


ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ




LA SECRETARIA


ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ