REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta de Mayo del año dos mil doce.

202º y 153º

Vista la diligencia de fecha cinco de Diciembre del año dos mil once, que corre agregada al folio 100 del presente expediente del presente Cuaderno de Oposición, suscrita por los Abogados en ejercicio ENRIQUE PAREDES CEGARRA y RAUL A. SANGUINO CARDENAS, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora en la presente causa, mediante la cual solicitan: “(…omisis) se oficie nuevamente a la Caja de Ahorro del Profesorado de la Universidad de Los Andes a los fines que la misma suministre a este Tribunal un informe pormenorizado de los ahorros existentes en dicha institución,… toda vez que el informe suministrado por la caja de ahorros del profesorado de la Universidad de los Andes al folio 98 nada señala de los movimientos realizados por el ahorrista PAULINO DELGADO MENDEZ, es decir que durante los años 1.980 fecha en la cual se inscribiera el demandado de autos en la caja de ahorro hasta el 01-10-2008; no se sabe que aportes hizo la Universidad a favor del ahorrista así como tampoco se sabe cuales eran los aportes que realizaba el demandado de auto, donde no se señalan de igual manera ni los intereses devengados por dichas cantidades siendo estas las razones por las cuales es por lo que solicitamos la presente ampliación de los movimientos existentes en la caja de ahorros…”; este Tribunal NIEGA por improcedente dicha solicitud, por no ajustarse a derecho, en virtud de que la ampliación de la información que pretenden sea solicitada, la misma ya fue requerida mediante oficio N° 0972-2011, de fecha 08 de Noviembre del año 2011, conforme a lo solicitado por los mencionados abogados en diligencia de fecha 03 de Noviembre del año 2011, que corre agregada al folio 63 y vuelto del presente expediente; y en virtud de que el presente cuaderno de oposición ya se encuentra en etapa de dictar sentencia definitiva. Así se decide.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS CALDERÓN GONZÁLEZ.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. LUZMINY DE JESÚS QUINTERO RIVAS.

CCG/LDJQR/mfc.