REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 11 de mayo de 2012
202º y 153º
Expediente Nro. 04900
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: NANCY COROMOTO CHACON HERRERA y MIGUEL HOMERO PAREDES AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-10.710.461 y V-8.025.577, asistidos por el Abogado en Ejercicio MARISOL MENDEZ ARAQUE, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 127.780.
Descendiente: OMITIR NOMBRE, de 11 años de edad.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 24 de abril del 2012, solicitud de Divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos NANCY COROMOTO CHACON HERRERA y MIGUEL HOMERO PAREDES AVENDAÑO, plenamente identificados en autos.
Mediante auto de fecha 26 de abril del 2012 se fijo día y hora para la celebración de la Audiencia, de conformidad a lo establecido en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, siendo el día y hora para llevar a efecto dicha audiencia se verifico la incomparecencia de la parte solicitante. Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento de DIVORCIO 185-A, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe

La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ