REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio.
Mérida, dos (02) de Mayo de Dos Mil Doce.
202º y 153 º
Asunto Nro. 02763
Vista el Acta de fecha dos (02) de Mayo del año dos mil doce, inserta a los folios 38 al 41, ambos inclusive, del presente expediente, levantada a los ciudadanos MIRIAN MARIBEL RONDON y CARLOS GILBERTO MARQUEZ SAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-15.697.748 y V-14.589.809, quienes manifestaron su voluntad de lograr un convenimiento con respecto a la Fijación del Quantum de la Obligación de Manutención y Bonos Especiales en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, conviniendo bajo los siguientes términos: Fijan el quantum de la Obligación de Manutención en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES mensuales (Bs. 400,00), los Bonos Especiales Escolar y Navideño en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), el incremento automático y proporcional del 20% anual, el pago adicional de 100 bolívares por deuda, montos que serán depositados en la Cuenta de Ahorros Nº 1750040620060905897 del Banco Bicentenario, los primeros cinco días de cada mes, igualmente cada uno de los progenitores de la niña se compromete a suministrar el 50% de los gastos médicos, medicinas, y cualesquiera otros para garantizar el derecho a la salud de la misma. En este estado la ciudadana MIRIAN MARIBEL RONDON, manifestó: Estar de acuerdo con lo expresado por el padre de su hija. Ambas partes solicitan se homologue el acuerdo, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: de conformidad con los Artículos 358, 359, 365, 375 y 385 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGAR el acuerdo celebrado entre los ciudadanos MIRIAN MARIBEL RONDON y CARLOS GILBERTO MARQUEZ SAMBRANO, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña OMITIR NOMBRE. Se deja sin efecto la medida provisional dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección, en fecha 14 de Noviembre de 2011, se acuerda la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial a los fines de su distribución al Tribunal de Ejecución que le corresponda conocer.------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA
ABOG. MGSC. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA
LA SECRETARIA
ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha siendo las tres de la tarde (3:30 p.m) se publicó la anterior sentencia.
SRIA.
MIRdeE / Asim