REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE VIGIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, 03 de Mayo de 2012
202º y 153º
Revisado como ha sido el presente expediente y visto el Informe Evolutivo que obra inserto a los folios ciento cuarenta y uno (141), ciento cuarenta y dos (142) y ciento cuarenta y tres (143) del presente expediente, emanado del Equipo Multidisciplinario del IDENNA-MÉRIDA, relacionado con el niño OMITIR NOMBRE, de once (11) años de edad, quien se encuentra en la Unidad de Protección Integral (UPI) Papagayo de Tamarindo, plenamente identificado en autos, a la orden de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 126 literal “i” de
la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este CIRCUITO JUDICIAL RATIFICA LA MEDIDA DICTADA POR ANTE ESTE TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SALA DE JUICIO EL VIGIA, en fecha 23 de febrero de dos mil once (23/02/2011) a favor del niño OMITIR NOMBRE, de once (11) años de edad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 131 segundo aparte de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente. CÚMPLASE.----
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA FABIOLA CHACON ORTIZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
La Sria.
Exp. Nº 3916
Ghuizap.-