REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06
El Vigía, 30 de mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2012-005617
ASUNTO : LP11-P-2012-005617
Recibida como ha sido solicitud presentada por la Fiscalía Séptima de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, suscrita por la abogada EGLE TORRES, a los fines de que este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 210, 211 y 202 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerde ORDEN DE ALLANAMIENTO, a efecto de incautar SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en la siguiente dirección: calle 04, casa N° 3-57, diagonal a la Bodega Sabate del Sector El Paraíso, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, vivienda constituida por columnas revestidas de color verde, con enrejado metálico color beige y sobre éste tejas de color naranja, se aprecia un espacio físico comúnmente denominado porche, dentro de este se divisa un árbol de los llamados pino, así mimo se observa una pared frisada con cemento, revestida de color verde con una puerta y dos ventanas metálica de color beige; toda vez que por información reside la ciudadana apodada “La Turca” quien responde al nombre de ALMERINDA VIERA DE MONCADA, y quien se dedica a la venta y distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Indica el Ministerio Público que en Acta de Investigación Penal de fecha 29-05-2012 suscrita por los funcionarios JAVIER VIVAS, DIXON MEDINA y MIGUEL BARRIOS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, la cual anexa a la solicitud, dejaron constancia que realizaron labor investigativa por cuanto recibieron minuta relacionada con denuncia telefónica al 0800-CICPC-24, señalando que en la referida dirección reside una ciudadana a quien apodan “La Turca” quien responde al nombre de ALMERINDA VIERA DE MONCADA y se dedica a la venta y distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y que al trasladarse a dicha dirección miembros del Consejo Comunal de la zona, refirieron que tienen información de que en esa vivienda distribuyen sustancias psicotrópicas, y que la propietaria del inmueble responde al nombre de ALMERINDA VIERA DE MONCADA.
Por otra parte, informa la representante de la Vindicta Pública, que el allanamiento se realizará por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, al mando del funcionario HÉCTOR JAVIER VIVAS.
El Ministerio Público, ordena el inicio de investigación bajo el N° 14-DDC-F7-0327-2012, por uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica de Drogas.
Este Tribunal ante tal requerimiento observa que las actuaciones anexas por el Ministerio Público, son suficientes para encontrarse fundamentada la solicitud formulada por la representación fiscal, y, por lo tanto están dados los requisitos exigidos legalmente, a objeto de librar la orden de allanamiento.
En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicada en la siguiente dirección: calle 04, casa N° 3-57, diagonal a la Bodega Sabate del Sector El Paraíso, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, vivienda constituida por columnas revestidas de color verde, con enrejado metálico color beige y sobre éste tejas de color naranja, se aprecia un espacio físico comúnmente denominado porche, dentro de este se divisa un árbol de los llamados pino, así mimo se observa una pared frisada con cemento, revestida de color verde con una puerta y dos ventanas metálica de color beige; donde reside la ciudadana apodada “La Turca” quien responde al nombre de ALMERINDA VIERA DE MONCADA, a los fines de ubicar e incautar SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.
Debiendo ser practicadas por una comisión de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, al mando del funcionario HÉCTOR JAVIER VIVAS.
La orden de allanamiento tendrá una duración máxima de siete (07) días, contados a partir de la presente fecha (30-05-2012). Los funcionarios actuantes al practicar la orden aquí acordada, deberán dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 212 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual prevé la forma de practicar dicho procedimiento. A tal efecto líbrense la ORDEN DE ALLANAMIENTO correspondiente. Así mismo, remítase las presentes actuaciones al Ministerio Público y así como la orden de allanamiento con su correspondiente oficio, en sobre cerrado. Cúmplase.
JUEZA DE CONTROL N° 06
ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ
SECRETARIA
ABG. FLOR AMANDA RICO PEÑA.
En la misma fecha se libró orden de allanamiento, y oficios Nrs. ________________.
Sria
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