REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, quince de mayo del dos mil doce.

202º y 153º

Visto el desistimiento de fecha 11 de mayo del dos mil doce (folio 338), hecho por el abogado HEBERTO ROQUE RAMIREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente proceso y teniendo expresa facultad para ello, como se evidencia en poder otorgado por ante la Notaria Publica de Ejido del Estado Mérida en fecha 01 de marzo de 2010, inserto a los folios 23 al 25 del presente expediente. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia da por terminado el proceso y ordena el desglose de los folios 23 al 70, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada y entregárselos a la parte actora, así como el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA



LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
JCG/Acen/ap