REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta Ciudad de Tovar, treinta y uno (31) de mayo de dos mil doce (2012).-

202 ° y 153°

Revisado como ha sido el presente expediente y visto el contenido del escrito de CONVENIMIENTO, que obra agregado a los folios 22 y 23, suscrito por el abogado RODRIGO CORTÉS PEÑUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.331.232 e inscrito en el IPSA bajo el Nº 169.086, actuando en su propio nombre, en el presente juicio de RECURSO DE INVALIDACIÓN (ORDINARIO), en el que conviene en los términos propuestos por la ciudadana MARTHA MILIN BONILLA CARRERO, en el recurso de invalidación, para que se corrija la sentencia y se establezca que la vigencia del concubinato con la ciudadana DIANA CAROLINA VALENCIA CARRERO, surta efectos jurídicos a partir del 21 de julio de 2006 hasta el 11 de noviembre de 2009, tal como quedó establecido en sentencia definitivamente firme de fecha 12 de enero de 2012. De conformidad con el Articulo 263 en concordancia con el artículo 363 Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA DICHO CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Cúmplase.-

La Jueza Provisoria,

Abg. Carmen Yaquelin Quintero Carrero.
La Secretaria

Abg. Sandra Contreras.

CYQC/SC/sp.