JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, nueve de mayo del dos mil doce.

202º y 153º

Visto el convenimiento celebrado mediante acta de fecha 21 de marzo de 2012, por los ciudadanos ALFREDO DE JESUS MORALES BENAVIDES, representado judicialmente por la Defensora Pública en materia Agraria, Extensión El Vigía; y el ciudadano JESUS ALFREDO MORALES CARRERO, asistido por el abogado RONALD E. GAUDARA M., y por cuanto el Tribunal observa, que de los autos no consta que con dicho convenimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, de conformidad con los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicho convenimiento impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.

La Juez Temporal,


Dra. Agnedys Hernández


La Secretaria,


Abg. Ana Thais Núñez Contreras
Sol. Nº 421
Mhp.-