REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Santo Domingo, diez (10) de mayo del año dos mil doce (2012)---------------------

202º y 153º


Visto que en el momento de la práctica de la Medida de Embargo Preventivo, las partes intervinientes en la misma le informan al Tribunal haber llegado a un convenimiento de pago, mediante la entrega de la cantidad de veinte mil bolívares (Bs. 20.000)y en cuanto al restante o sea la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000) en las siguientes fechas: para el día 15 de junio de dos mil doce un primer pago de veintidós mil quinientos (Bs. 22.500) y la diferencia vale decir la cantidad la cantidad de veintidós mil quinientos bolívares (Bs. 22.500) para el 30 de julio del presente año, para el pago total y definitivo de la deuda del demandado en autos, a que se contrae la presente comisión conferida a este Tribunal por el Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y no habiendo otras diligencias que practicar en la misma, devuélvase original lo actuado al Juzgado Comitente. Remítase con oficio y déjese constancia de su salida en el libro respectivo. LA JUEZ TITULAR, ABOGADA IVAL EYILDA ROLDAN RONDON (Fdo) ilegible. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal. El SECRETARIO TITULAR, ABOGADO ESEQUIEL ANGEL MARTINEZ (Fdo) ilegible.
En la misma fecha del auto anterior se cumplió con lo ordenado. Se remitió constante de veintiocho (28) folios útiles, anexa al oficio Nº 0050 y quedando anotada su salida bajo el Nº 205 del libro respectivo. EL SECRETARIO TITULAR, ABOGADO ESEQUIEL ANGEL MARTINEZ. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal.---------------------------------------------------------------------------

Expediente Nº 351
Motivo: COBRO BOLIVARES VIA INTIMACION
DEMANDANTE: JAVIER GERARDO RANGEL MARQUEZ
DEMANDADOS: LUIS EDUARDO DAVILA SANCHEZ
Comisión Nº 202-2012
Medida: EMBARGO PREVENTIVO