REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
202º y 153º
Expediente Nro. 05842
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: HECTOR RENNE DAVILA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.456.672.
DEMANDADA: CARMEN HAYDEE TORRES MALDONADO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-18.798.416.
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENVIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 08/11/2012, presentes los ciudadanos HECTOR RENNE DAVILA PEÑA y CARMEN HAYDEE TORRES MALDONADO, llegaron al presente convenimiento relacionado con el Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, de la siguiente manera: El padre compartirá con la niña todos los fines de semana los sábados y domingos, buscándola en la plaza bolívar de san juan a las 7:00 am retornándola a la madre en la plaza bolívar de san Juan a las 5:00pm Ambos progenitores se comprometen a mantener comunicación cordial y efectiva en beneficio de su hija y notificará cualquier cambio a través del teléfono de la abuela materna cuyo es 0274- 5117947. Las vacaciones serán compartidas de forma alterna y por mitad con cada uno de los progenitores. La epoca decembrina la compartirán igualmente de forma alterna comenzando este año 2012 el 31 de diciembre con el padre. Semana Santa y Carnaval igualmente serán compartidas en forma alterna y compartida por mitad. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos HECTOR RENNE DAVILA PEÑA y CARMEN HAYDEE TORRES MALDONADO. CUMPLASE. -----------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
DRH/wasc