REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, seis (06) de Noviembre de Dos Mil doce.
202º y 153 º

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes seis (06) de Noviembre de 2012, oportunidad fijada por este Tribunal para reanudar la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Fijación Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que se hizo presente las parte demandante ciudadana ELIDA JULIO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.216.680, debidamente asistida por el Fiscal Undécimo del Ministerio Público Abg. JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO. Igualmente se deja constancia que hizo acto de presencia el ciudadano HECTOR JAIME VILLAVICENCIO FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.840.655. Dirige y preside el acto la Jueza Primera de Mediación y Sustanciación Abg. Alix Milena Márquez Jaimes, y como Secretarial la Abg. María Fabiola Chacón Ortiz. Se declara abierta la audiencia, se le concede la palabra al ciudadano HECTOR JAIME VILLAVICENCIO FERRER, quien expuso:”estoy de acuerdo con los montos de agosto y diciembre, aunque soy consciente que no cubre la totalidad de los gastos y yo le doy más en los bonos de diciembre y agosto, lo que no estoy de acuerdo es con la mensualidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) mensuales, yo ofrezco CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) mensuales porque tengo otro hijo menor y otro hijo estudiando en la Universidad, voy a dejarle CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00) a la madre de mi hija para que abra una cuenta en el Banco de Venezuela y una vez lo haga me haga llegar el número de cuenta para hacer los depósitos, ya que el Banco de Venezuela me queda a una hora y media de viaje, mientras que el Banco Bicentenario me queda a 4 horas viajes y se me hace muy difícil ir solamente a hacer ese depósito”. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana ELIDA JULIO GARCIA, quien expuso: “Visto lo expuesto por el ciudadano HECTOR JAIME VILLAVICENCIO FERRER, expongo que aunque estoy de acuerdo con los bonos, no estoy de acuerdo con el ofrecimiento mensual, no estoy de acuerdo en que él me pase esa cantidad mensual”. Tomó el derecho de palabra el Fiscal Undécimo del Ministerio Público Abogado, JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO, quien expuso: “visto que no es posible un acuerdo amistoso entre las partes, solicito a la ciudadana Juez que provea si es posible la homologación de un acuerdo parcial y la continuación del procedimiento a juicio con respecto al monto mensual que debe establecerse a favor del Adolescente HECTOR MANUEL VILLAVICENCIO JULIO”. Seguidamente tomó el derecho de palabra la ciudadana Juez quien expuso: Visto lo expuesto por ambas partes se evidencia que hay un acuerdo parcial en cuanto a los bonos del mes de Agosto por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) y Diciembre por la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.200,00), dejándose constancia que no hubo acuerdo en cuanto al monto mensual para la Obligación de Manutención. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el presente convenimiento, a tenor de lo establecido en el parágrafo tercero del artículo 470 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se deja constancia que el procedimiento continuará en cuanto a la fijación del monto mensual de la Obligación de Manutención. Dicha Homologación tiene efecto de sentencia firme ejecutoriada. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.--------------------

LA JUEZA PROVISORIA,


ABG. ALIX MILENA MÁRQUEZ JAIMES



JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO
FISCAL (A) UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO



ELIDA JULIO GARCIA
LA PARTE DEMANDANTE


HECTOR JAIME VILLAVICENCIO FERRER
LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. MARÍA FABIOLA CHACÓN ORTÍZ.
Exp. Nº JMS-738-12