REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
El Vigía, siete (07) de Noviembre de Dos Mil doce.
202º y 153 º
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, siete (07) de Noviembre de 2012, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Revisión de la Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se encuentran presentes los ciudadanos DIANA DEL CARMEN COGOLLO FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltero titular de la cédula de identidad Nº V.-15.595.651 y LUÍS ANTONIO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.201.148. Dirige y preside el acto la Jueza Primera de Mediación y Sustanciación Abg. Alix Milena Márquez Jaimes, y como Secretarial la Abg. María Fabiola Chacón Ortiz. Toma el derecho de palabra el ciudadano LUÍS ANTONIO DELGADO quien expuso:”Ofrezco en este acto la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, de igual forma establezco como bonos especiales para el mes de Agosto la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) para los gastos escolares, de igual forma establezco como bono navideño la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) y que estos montos se aumentes en un veinte por ciento (20%) anual. Solicito se oficie el Ministerio del Poder Popular para la Salud a los fines de que hagan el descuento de Nómina de los montos aquí ofrecidos ya que me desempeño como asistente de Laboratorio en el Hospital II El Vigía”. Seguidamente toma el derecho de palabra a palabra la ciudadana DIANA DEL CARMEN COGOLLO FERNÁNDEZ, quien expuso:”Estoy de acuerdo con lo los montos establecidos por el padre de la niña y solicito a la juez que homologue este convenimiento”. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Homologa el presente convenimiento, a tenor de lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.-------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. ALIX MILENA MÁRQUEZ JAIMES
DIANA DEL CARMEN COGOLLO FERNÁNDEZ
LA PARTE DEMANDANTE
LUÍS ANTONIO DELGADO
PARTE DEMANDADA
ABG. RITA VELAZCO URIBE
FISCAL UNDÉCIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA FABIOLA CHACÓN ORTÍZ.
Exp. Nº CP-DP-2012-1228
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