REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de noviembre de dos mil doce.-
202° y 153°
Vista la diligencia de fecha 06 de noviembre de 2.012, suscrita por la abogada MARIA LOURDES MONZON MOLINA, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana MARIA ISABEL TORRES URDANETA, mediante la cual manifiesta haber sufragado los gastos para la reproducción fotostática del libelo de la demanda original y su reforma, para la citación de la co- demandada faltante, igualmente en esta diligencia solicitó se le hiciera entrega de los recaudos de citación de conformidad con los artículos 218 y 345 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de gestionar la citación por medio de cualquier alguacil o notario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia por cuanto se observa que se dio cumplimiento al auto que riela al folio 158 y su vuelto, este Tribunal, para la practica de la citación de la ciudadana TERESITA DE JESÚS BURGOS DE VILLEGAS, acuerda librar recibo de citación, anexándole copia certificada del libelo de la demanda original y su reforma, con su orden de comparecencia, para que comparezca por ante el Despacho de este Juzgado dentro de los VEINTE DIAS DE DESPACHO, siguientes a aquél en que conste en autos su citación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal a fin de que de contestación a la demanda de conformidad con el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil Vigente, y de conformidad con los artículo 218 y 345 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacerle entrega de los recaudos de citación, a la apoderada judicial de la parte actora, a los fines de que gestione la citación por medio de cualquier otro Alguacil o Notario de la Circunscripción Judicial del Tribunal de la causa, o del lugar donde resida la parte demandada, asimismo para la practica de la citación se concede siete (7) días como termino de distancia. Certifíquese por auto separado copia del libelo de la demanda original y su reforma y entréguesele a la apoderada actora.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO LA …
…SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se libraron los recaudos de citación y de conformidad con los artículos 218 y 345 del Código de Procedimiento Civil se acordó hacerle entrega a la apoderada judicial de la parte actora, quién deberá diligenciar recibiendo conforme dichos recaudos. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/pmv.-