Comisión Número. 914.12
En horas de despacho del día de hoy Miércoles Veintiuno (21) de Noviembre del año 2012, siendo las 10:05 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. El Vigía, con el objeto de practicar Medida Embargo Ejecutivo, decretada por Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La Circunscripción Judicial del Estado Mérida. El Vigía, con la presencia del Juez, Abogado Francisco Barbara y el Secretario, Abogado Angel Bravo, titulares de las cédula de identidad números, V-8.030.441 y V-4.522.374, respectivamente, acompañado del funcionario policial Manuel Martínez, titular de la cédula de identidad número V- 12.135.563, destacado en la Coordinación Policial Nº 7 en el lugar señalado por la abogada Dunia Chirinos, titular de las cédula de identidad números V-3.929.732 e inscrita en el Inpreabogado bajo los números 10.469 , con el carácter de autos, el cual es: Villas Country, Urb. Don Alberto, casa Nº 01 de esta ciudad de El Vigía del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, se encuentra una persona quien dijo llamarse Carlos Julio Perez Escalante la cual se identificó con el número de cédula V- 13.524.385, notificándole la razón de la constitución de este Juzgado en el presente lugar, concediéndole el termino de una (1) hora para que ejerza el derecho a la defensa y localice abogado de confianza, todo lo cual esta previsto en el articulo 49 ordinal primero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por el Articulo 15 del Código de Procedimiento Civil, pasado que fue el lapso concedido, se presento el abogado Belquis Carrillo, inscrito en el Inpreabogado No.65.134 , quien se le pone en conocimiento de contenido de la Medida de Embargo Ejecutivo. Acto seguido se nombra como perito evaluador a la Ciudadana Evaluador Shirsley Montes, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.790.944, como depositaria a la empresa Depositaria Judicial Lex S.A, representada por el ciudadano José Rafael Uzcategui, venezolano, titular de la cédula de identidad número V- 8.004.632, de este domicilio, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Se le concede el derecho de palabra a la abogada actuante Dunia Chirinos concedido como fue expuso: señalamos para que sea embargado Ejecutivamente los siguientes bienes, en este estado solicita el derecho de palabra el notificado Carlos Julio Perez Escalante, asistido por la Abogada Belquis Carrillo, ambos identificados, concedido como fue expuso: ofrezco a cancelar la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES ( Bs 20.000,00 ) de la siguiente manera: en este acto cantidad de DOS MIL BOLIVARES ( Bs 2.000,00) en efectivo y la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs 8.000,00) en un cheque del Banco Exterior de Nº 90-76291107 perteneciente a la cuenta corriente Nº 01150113331002115000 de la Empresa Inversiones Hermanos Peña Escalante y el remanente, cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00) en dos cheques de números 8876291104 y 9476291105, por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs 5.000,00) cada uno, pertenecientes a la Empresa y cuenta antes identificada. En este acto se le concede el derecho de palabra a la parte demandante Abogada Dunia Chirinos, antes identificada, concedido como fue expuso: Visto el ofrecimiento de pago lo acepto y solcito al Tribunal comitente que homologue el presente convenimiento y se abstenga a archivar el presente expediente hasta tanto no conste en autos la diligencia de la solicitud el archivo del mismo por la parte actora, no habiendo mas actuaciones que practicar este Juzgado, acuerda regresar a su sede natural, se término, se leyó y conformen firman, siendo las 1:10 p.m.
El Juez

Abg. Francisco Barbara
El Notificado

Carlos Julio Perez Escalante Abogado Asistente

Belquis Carrillo

Demandante

Dunia Chirinos
Perito Avaluador Depositaria Judicial


Shirsley Montes José Rafael Uzcategui



Agentes Policial

Manuel Martínez
Abg. Angel Bravo

Secretario