REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: LP21-L-2012-000180
PARTE DEMANDANTE: IRAIDA MARGARITA ROJAS NOGUERA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.371.837.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: GABRIELA ELENA FLORES ELIAS, y LUIS RAMON FLORES GARCIAS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-10.511.848 y V-3.001.178, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 72.200 y 17.385, cualidad que se evidencia del instrumento poder autenticado que obra inserto a los folios 19 al 22, y de la sustitución de poder obrante a los folios 160 y 161 del presente expediente.
PARTE DEMADADA (S): “ALSTOM HYDRO VENEZUELA S.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 28 de marzo de 2000, bajo el No. 72, Tomo 403-A, en la persona de su Director y Representante Legal, ciudadano EMERSON CAVALCANTE, en la siguiente dirección; y “CONSTRUCCIONES EX S.A. (CONEX)”, inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 04 de marzo de 1980, bajo el No. 51, Tomo 10-A, y cuya última modificación fue realizada mediante documento inscrito por ente el citado Registro Mercantil, en fecha 10 de agosto de 2007, quedando inserto bajo el No. 36, Tomo 46-A, representada por el ciudadano FERNANDO PARIS VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.636.694, en su carácter de Presidente de CONEX S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CO-DEMANDADA “CONSTRUCCIONES EX S.A. (CONEX)”: ABOGADAs ELIZABETH CAROLINA PEÑA, ANA DELINDA SOSA MARQUEZ y NUBIA ELIZABETH SOSA MARQUEZ, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 9.317.873, 8.048.635 y 17.455.776, e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 36.790, 65.350 y 124.071. (Folios 144 al 147 y 198 y 199).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CO-DEMANDADA ALSTOM HYDRO VENEZUELA S.A: ABOGADOS, JUAN CARLOS PRO-RISQUEZ, ESTHER CECILIA BLONDET SERFATY, FLAVIA ISABEL ZARINS WILDING, YANET CRISTIANA AGUIAR DA SILVA, EIRYS DEL VALLE MATA MARCANO, REINALDO GUILARTE LAMUÑO, NORAH M. CHAFARDET GRIMALDI, FABIANA BENAIM MENDOZA, MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZALEZ CALLES, DIEGO JOSÉ BUSTILLOS CORNEJO Y CARLOS NUNES GOMES SAUDIB COROMOTO VILLA ARANGUREN; ANUEL DISNEY GARCIA MONTOYA, YNDIRA MARGARITA ZOGHBI GALVIZ, TOMÁS ENRIQUE MORA MOLINA, EMERSON RIMBAUD MORA SUESCUM, DANIEL ENRIQUE QUINTERO SUTIL, JUAN PEDO QUINTERO MORENO, GUSTAVO ADOLVO ROMERO DURÁN SAUDIB COROMOTO VILLA ARANGURNE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 41.184, 70.731, 76.056, 76.526, 76.888, 84.455, 99.384, 129.934, 145.284, 164.805 y 154.751, 59.026, 79.296, 82.919, 78.952, 92.895, 8.345, 131.512 y 177.648, cualidades que se evidencias de los instrumentos poderes autenticado que obran insertos a los folios 151 al 156 y 163 al 168, del presente expediente
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y OTROS CONCEPTOS
En el día hábil de despacho hoy, miércoles veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijados por este Tribunal para llevarse a efecto la prolongación de la audiencia Oral de Juicio en la presente causa, de conformidad con lo previsto en los artículos 151 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anuncia el acto a la puerta de la sala de audiencia, se deja constancia que se encuentra constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con la presencia de la Jueza, DUBRAWSKA PELLEGRINI, la Secretaria, EGLI MAIRÉ DUGARTE DURÁN y la ciudadana Alguacil, BETTY GUTIERREZ, se da inicio a la presente audiencia, la cual será reproducida en forma audiovisual por el técnico adscrito a esta Coordinación, ciudadano EDGAR MIR, en atención al principio de publicidad, concentración y de seguridad, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 162 de la precitada Ley Adjetiva Laboral. En este estado, y previo el anuncio de Ley realizado por la prenombrada Alguacil, la ciudadana Secretaria, procede a certificar la comparecencia de las partes, al efecto, se encuentra presente: la parte demandada Sociedad Mercantil “CONSTRUCCIONES EX S.A. (CONEX)”, por intermedio de su apoderado judicial abogada ELIZABETH CAROLINA PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.790. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la co-demandada sociedad mercantil ALSTOM HYDRO VENEZUELA S.A.”, y de la parte demandante, ciudadana IRAIDA MARGARITA ROJAS NOGUERA, venezolana, titular de la cédula de identidad número V- V-14.371.837, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Verificada la asistencia de las partes, la Juez que preside la audiencia, vista la incomparecencia de la parte demandante al presente acto, aplica el efecto jurídico previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, declara DESISTIDA la acción. Dado firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación. Es todo, terminó se leyó y conformes firman siendo las 12. 00 m.
La Juez - Titular
Abg. Dubrawska Pellegrini Paredes
Apoderado judicial de la parte co-demandada
“CONSTRUCCIONES EX S.A. (CONEX)”
La Secretaria,
Abg. Egli Mairé Dugarte Durán
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