CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06
El Vigía, 08 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2012-007503
ASUNTO : LP11-P-2012-007503
Por recibido el día de hoy vía fax, oficio N° 14-FS-5607-2012 de fecha 08 de octubre de 2012, suscrito por la abogada MARÍA ELENA MONCADA TOMASSETTI, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el cual requiere de este Juzgado con carácter urgente, prórroga de medida de protección acordada a favor del ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO (datos reservados); en su carácter de víctima en la causa penal número: 14-DDC-F7-083-2012, por la comisión del delito de INVASIÓN, asignada a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público; por el lapso de sesenta (60) días, consistente en custodia personal a través de funcionarios adscritos a la Sub-Comisaría N° 12 de El Vigía; conforme al artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 108 y 540 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 29 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, y expresa solicitud de la ciudadana NANCI ANDARA RAMÍREZ, Supervisora de la Unidad de Atención a la Víctima, adscrita a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, según oficio N° 14UAV-0258-2012.
Este Tribunal para decidir observa, de las actuaciones las cuales anexa la solicitante, lo siguiente:
Consta al folio 2 de las actuaciones que conforman la solicitud, oficio N° 14UAV-0258-2012de fecha 08 de octubre de 2012suscrito por ciudadana NANCI ANDARA RAMÍREZ, Supervisora de la Unidad de Atención a la Víctima, adscrita a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, donde hace referencia a la Fiscal Superior del Ministerio Público, que la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, solicitó la prórroga de la medida de protección acordada el 03-08-2012, por el Tribunal N° 04 de este mismo Circuito Judicial.
Al folio 3 corre inserto oficio N° 14-F7-3290-2012, de fecha 05 de octubre de 2012, donde la Fiscal Auxiliar Séptima del Ministerio Público, ZAIDA DÁVILA, solicita medida de protección a la víctima, a los fines de garantizar la integridad física del ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO, consistente en custodia policial por funcionarios adscritos a la Sub-Comisaría N° 12 de El Vigía.
Al folio 4 cursa Acta de Compromiso de Aceptación de Medida de Protección, de fecha 05 de octubre de 2012, suscrita por el ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO, donde conforme al artículo 28 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, dicha ciudadano se compromete a aceptar las condiciones de mantener reserva y confidencialidad; someterse a los exámenes médicos, psicológicos, físicos y socio-ambientales; cambiar de residencia cuando sea necesario; abstenerse de concurrir a lugares riesgosos; respetar los lineamientos que se le impongan y cualquier otra condición que el Ministerio Público considere conveniente.
Al folio 05 se evidencia Acta de Entrevista de fecha 05 de octubre de 2012, donde el ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO, solicitó prórroga en la protección por parte de un órgano policial, por cuanto se siente amenazado en relación a los hechos denunciados, donde ha visto correr peligro su vida, y la vida de los obreros que laboran en la empresa Construcciones y Soluciones Urbanas C. A., y los propietarios del Complejo Habitacional Vista Hermosa, lotes A1 y A2, ubicado en la Avenida Don Pepe Rojas, frente a la Sub-Estación de Cadela, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del estado Mérida.
Al folio 06 se evidencia Acta de Solicitud de Medida de Protección de fecha 05 de octubre de 2012, donde el ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO, expone por ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, que a pesar del la presencia policial, se ha observado en las instalaciones de la empresa, personas extrañas que intimidan al personal y a su persona, forcejeando en dos oportunidades la reja trasera de la oficina, razón por la que teme por su seguridad y empleados.
Así las cosas, considera quien decide que al apreciarse un riesgo en la integridad física del ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO y de los empleados empresa Construcciones y Soluciones Urbanas C. A., así como de los propietarios del Complejo Habitacional Vista Hermosa, lotes A1 y A2, ubicado en la Avenida Don Pepe Rojas, frente a la Sub-Estación de Cadela, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, toda vez que personas extrañas intimidan al personal y al mencionado ciudadano, llegando al caso que han forcejeado en dos oportunidades la reja de la oficina; considera esta Juzgadora que es necesario salvaguardar efectivamente la vida e integridad física de los mismos.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ACUERDA PRÓRROGA DE LA PROTECCION POLICIAL, a favor del ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO (datos reservados) y de los empleados de la empresa Construcciones y Soluciones Urbanas C. A., del Complejo Habitacional que se desarrolla en los lotes de terrenos A1 y A2, en la Avenida Don Pepe Rojas, frente a la Sub Estación de Cadela, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani, y de los propietarios del mencionado Complejo Habitacional que transitan a diario por el sector; toda vez que se han suscitado hechos que ponen en riesgo la integridad física de los mismos; para lo cual se acuerda comisionar mediante oficio al Jefe de la Centro de Coordinación Policial N° 12 de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que proceda durante el lapso de SESENTA (60) DÍAS, prestar con la urgencia del caso “APOSTAMIENTO POLICIAL”. Medida de Protección acordada de acuerdo a los artículos 4, 5, 6, 7, 18, 21 numeral 1°, 30, 31, 34 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y al ciudadano PEDRO ANTONIO ORTEGA GUERRERO.
TERCERO: Se dictó la decisión en esta misma fecha (08 de octubre de 2012), a las 8:15 horas de la noche, encontrándose este Tribunal de GUARDIA.
JUEZA DE CONTROL N° 06
ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DÍAZ
SECRETARIA
ABG. BELKIS LOURDES VERDI RODRÍGUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se libró Oficio N° _____________, y boletas de notificación N°¬¬¬¬¬¬¬_________________.
Conste/sria.-
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