REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2004-000017
ASUNTO : LP11-P-2004-000017


AUTO DE CÓMPUTO ACTUALIZADO

Como punto previo se deja constancia que el ciudadano Abg. Pedro Antonio Monsalve Paredes asumió las funciones de Juez Temporal de Primera Instancia de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Extensión El Vigía, para cubrir el reposo medico conferido a la ciudadana Juez Abg. Vilma María Tommasi Escalona, en el periodo comprendido del 24-09-2012 hasta el 23-10-2012 ambas fechas inclusive, debidamente juramentado por ante la presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, según consta en Acta Nº 59, de esta misma fecha; en consecuencia, se aboca al conocimiento de la presente causa con el objeto de que las partes presenten las incidencias a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, publicándose la boleta de notificación respectiva signada bajo el Nro. LL11BOL20120002492, en las puertas del tribunal.

Visto que en fecha tres de octubre de dos mil doce se recibió solicitud de cómputo actualizado de la pena que cumple el penado JESÚS MANUEL SANDOVAL MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.761.861, hijo de José Sandoval y Carmen Molina, residenciado en la Vía Panamericana, Sector El Pinar, casa S/N, adyacente a la Venta de Artesanía “El Tinajero”, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, Estado Mérida, quien cumple la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 460 y 278 del Código Penal, cometido en perjuicio de JOSÉ MIGUEL UZCÁTEGUI MOLINA y de EL ORDEN PÚBLICO; siendo así éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con apego a lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA elaborar Cómputo Actualizado requerido, haciendo del conocimiento que el mismo es hasta el día de hoy 04/10/12:

Se tiene que, el precitado ciudadano JESÚS MANUEL SANDOVAL MOLINA fue detenido en una primera oportunidad desde el 21/01/2004 y hasta la fecha del 03/10/2011 en que deja de cumplir con su Régimen Abierto al resultar incurso en la comisión de un nuevo hecho punible en el asunto N° LP01-2011-010443, ha estado detenido por un tiempo de SIETE (07) AÑOS, OCHO (08) MESES y DOCE (12) DÍAS, posteriormente en una segunda oportunidad desde el 08/02/2012 fecha en que libra la Boleta de Encarcelación en autos, hasta el día de hoy 04/10/2012, por un tiempo de SIETE (07) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS, dando en total una pena cumplida sin redención de OCHO (08) AÑOS, CUATRO (04) MESES y OCHO (08) DÍAS, más una Redención de fecha 01/08/2005 por un tiempo de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y DOS (02) DIAS, le da un tiempo de pena cumplida con redención de NUEVE (09) AÑOS, SIETE (07) MESES y DIEZ (10) DIAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, es por lo que le falta por cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS CUATRO (04) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, la cual terminará de cumplir el día 24 DE FEBRERO DE 2018 AL FINALIZAR EL DIA.-


Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, a la Defensa y al penado. Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente Decisión. Cúmplase. Entréguese copia certificada de la decisión al penado al cual se impondrá en la próxima visita penitenciaria. .

JUEZ TEMPORAL PRIMERO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ABG. PEDRO ANTONIO MONSALVE PAREDES

SECRETARIO

ABG