JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. El Vigía, diez de octubre de dos mil doce.
202º y 153º
De la revisión de las actas que integran el presente expediente, este Juzgador puede constatar que la parte solicitante no ha dado cumplimiento a la parte dispositiva de la sentencia definitivamente firme de interdicción definitiva proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
El Tribunal, advierte a la parte solicitante que tal como le fue ordenado, de conformidad con el artículo 414 del Código Civil, en concordancia con los artículos 3 ordinal 7 y 152 de la Ley Orgánica del Registro Civil, debe registrar e insertar la sentencia de interdicción definitiva de la ciudadana OMAIRA ISAURA SANDIA PULIDO, proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 29 de junio de 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Mérida, para lo cual debe cumplir con su carga de consignar el importe para el fotocopiado correspondiente.
Asimismo, de conformidad con el artículo 415 eiusdem, debe publicar un extracto de la referida sentencia definitiva, en un diario de circulación de la localidad.
Se advierte a la parte solicitante, que el cumplimiento de las formalidades antes indicadas es obligatorio, por tanto, según preceptúa el artículo 416 ídem, una vez efectuado el registro y la publicación, deben hacerlo constar el presente expediente, de lo contrario será objeto de una multa.
EL JUEZ,

JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,

REINA JOSEFINA QUINTERO PÉREZ