REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticinco de octubre de dos mil doce.

202° y 153°

En atención a lo solicitado por ambas partes, a través del abogado en ejercicio JAVIER VEGA MOLINA, titular de la cédula de identidad número 8.705.303, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.373, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JORGE LUIS PICÓN; y el abogado en ejercicio PEDRO DUGARTE, titular de la cédula de identidad número 14.106.319, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.724, en su condición de apoderado judicial de la parte co-demandada, COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), actualmente Sociedad Anónima CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), mediante acta de esta misma fecha que obra del folio 398 al 399, en la cual solicitan se suspenda la causa a partir del día de hoy, por treinta (30) días de despacho, en tal sentido, este Tribunal decide conforme a lo solicitado, de conformidad con el artículo 202 en su parágrafo segundo del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia suspende el curso de la presente causa por treinta (30) días de despacho, a partir del día de hoy, exclusive, con el entendido de que cumplido dicho término, la causa continuará en el mismo estado en que se encontraba para el momento de la suspensión, sin que ello impida que para el supuesto caso que las partes lleguen a un acuerdo transaccional, en cuya situación se interrumpirá sin necesidad de acuerdo entre las partes el lapso anteriormente indicado.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/ymr.