REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).
202° y 153°
Vista la transacción suscrita entre los ciudadanos GELVIS JAVIER SOTO, titular de la Cédula de identidad N° V.- 9.399.936, asistido por el Abogado LUIS ALFONSO GARCIA, titular de la Cédula de identidad N° V.- 8.086.769, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.785, parte demandada, y la Abogado MAGALY PULIDO GUILLEN, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.702.348, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.409, actuando como Apoderada Judicial del ciudadano JESUS RODOLFO MARQUINA GARCIA, titular de la Cédula de identidad N° V.- 9.198.640, parte demandante, en fecha diecinueve (19) de octubre de 2012 y que corre inserta a los folios veintitrés (23) y veinticuatro (24) del presente expediente; este Tribunal HOMOLOGA la misma impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de lo acordado. CUMPLASE.-

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO


SECRETARIA
AB. LOURDES C. HERNANDEZ


AJOB/lh.-






LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente N° 1095-12. DEMANDANTE: JESUS RODOLFO MARQUINA GARCIA, con el carácter de propietario del fondo de comercio denominado INVERSIONES ROMAR. DEMANDADO: GELVIS JAVIER SOTO. MOTIVO: ACCION MERODECLARATIVA. . Certificación que hago en El Vigía, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil doce (2012).


SECRETARIA
AB. LOURDES C. HERNANDEZ