REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, Veinte (20) de Septiembre de dos mil Doce.
202º y 153 º
Visto, por cuanto se evidencia a los folios (70 y 71) oficio N° 3732, proveniente del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Estado Mérida, donde consta copia certificada de Sentencia emitida por el mismo, nombrándole Tutor Definitivo al adolescente OMITIR NOMBRE, en tal sentido conforme al artículo 02 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de MEDIDA DE PROTECCION, signado con el Nº 17810, DEMANDANTE: OMITIR NOMBRE Y OMITIR NOMBRE, NIÑO: OMITIR NOMBRE, PROCEDENCIA: CONSEJO DE PROTECCIÓN MUNICIPIO GUARAQUE DEL ESTADO MERIDA. Fecha de entrada: 05 de NOVIEMBRE de 2.007, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.--------------------------
LA JUEZA
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO
ABG. PABLO ALARCON SANCHEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
EL Srio.
Nvb/17810
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