REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 25 de septiembre de 2012
202º y 153º
Expediente Nro. 12736
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: CROX RAMIRO SANCHEZ VERA; ZOILA FLOR SPINEL y OMITIR NOMBRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.426.168, V-8.033.036 y V-20.200.034.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 25/09/2012, presentes los ciudadanos CROX RAMIRO SANCHEZ VERA; ZOILA FLOR SPINEL y OMITIR NOMBRE, llegaron al presente convenimiento relacionado con la extensión de la obligación de manutención en beneficio de la ciudadana OMITIR NOMBRE, de la siguiente manera: El padre se compromete a aportar como extensión obligación de manutención la cuota mensual de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.350,oo), los cuales el padre depositará a su hija los 5 primeros días de cada mes, en la cuenta de ahorros Nº 0105-0065-607065063208 a nombre de Carol Daniela Sánchez Spinel en el Banco Mercantil, el referido monto aumentará automáticamente, dependiendo del porcentaje de aumento que sufra el pensión como profesor jubilado de la Universidad de los Andes. Igualmente el padre se compromete a cancelarle el curso de inglés que se encuentra realizando su hija, así mismo a apórtale los textos y material bibliográfico que requiera. Los gastos de salud seguirán siendo a través del seguro de la Universidad de Los Andes de la cual la hija es la beneficiaria. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos CROX RAMIRO SANCHEZ VERA; ZOILA FLOR SPINEL y OMITIR NOMBRE. CUMPLASE. ---------------------------------------------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ