REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis de septiembre de dos mil doce.

202º y 153º

Vista la diligencia que antecede de fecha 14 de agosto de 2012 (folio 105), suscrita por el abogado en ejercicio ELADIO JOSÉ BARRIOS FERNÁNDEZ, quien funge en autos con el carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo RAFAEL ANTONIO AVENDAÑO MORENO, este Tribunal, a los fines de determinar si se encuentra o no agotado el lapso de evacuación de pruebas en el presente juicio y proveer lo que sea conducente, ordena efectuar por Secretaría, con vista del Libro Diario y el Almanaque Judicial llevados en este Juzgado durante el presente año (2012), el cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal desde el día 25 de julio de 2012, exclusive, fecha del auto mediante el cual providenció las pruebas de la parte actora (folio 88 y 89), al día de hoy, 26 de septiembre de 2012, inclusive. Cúmplase.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
En…
… la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede y con vista tanto del Libro Diario como el Almanaque Judicial llevados por este Tribunal durante el presente año 2012, pasa efectuar el cómputo ordenado, y a tal efecto, CERTIFICA: Que desde el día 25 de julio de 2012, exclusive, al día 26 de septiembre de 2012, inclusive, transcurrieron en este Tribunal CATORCE (14) DÍAS DE DESPACHO. Doy fe, en Mérida a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil doce.-

LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. SULAY QUINTERO QUINTERO


SQQ/yp.-






JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis de septiembre de dos mil doce.

202° y 153°

Vista la diligencia de fecha 14 de agosto de 2012 (folio 105), suscrita por el abogado en ejercicio ELADIO JOSÉ BARRIOS FERNÁNDEZ, quien funge en autos con el carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo RAFAEL ANTONIO AVENDAÑO MORENO, este Tribunal para decidir, observa:

PRIMERO: Que se desprende del cómputo que antecede de esta misma fecha realizado por la secretaria del Tribunal con arreglo al Libro Diario y al Almanaque Judicial llevados en este Juzgado durante el presente año (2012), que desde la fecha en que se providenció el escrito de pruebas de la parte actora, vale decir, desde el día 25 de julio de 2012, exclusive, fecha de su admisión, hasta el día de hoy 26 de septiembre del año en curso, inclusive, han transcurrido catorce (14) días de despacho.

SEGUNDO: Que estando previsto en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, que el lapso de evacuación de pruebas para el juicio ordinario, como es el caso que ocupa en este momento la atención del tribunal, es de treinta (30) días (los cuales, por tratarse de pruebas, se computan por días de despacho), es evidente que, descontando de dicho lapso, los transcurridos hasta este momento (14 días), se concluye que para la preclusión del mismo aún faltan por transcurrir para este momento, 16 días de despacho. Y así queda establecido.
TERCERO: Que el tiempo faltante para la terminación del lapso de evacuación, hace posible una nueva fijación para oír el testimonio del ciudadano RAFAEL ANTONIO AVENDAÑO MORENO, (promovido por la parte demandante), sin riesgo de que el mismo sea rendido fuera del plazo legalmente establecido. Y así se establece.
Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal encuentra ajustada a derecho la petición del co-apoderado judicial de la parte actora, abogado ELADIO JOSÉ BARRIOS FERNÁNDEZ, puesto que el lapso de evacuación aún no ha sido agotado, razón por la cual, de conformidad con el tercer aparte del artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal fija el TERCER (3er) DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.) para la presentación y examen del testigo RAFAEL ANTONIO AVENDAÑO MORENO, sin necesidad de citación, por no haberlo solicitado expresamente la parte actora-promovente.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO


ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.357.-